Condenaron a prisión perpetua a Miguel Angel Asencio

Le impusieron esa pena por el femicidio de la docente y locutora Daniela Velasco, acontecido el 5 de noviembre 2021. Era lo que había pedido la fiscal Verona Dagotto.

Este lunes los jueces Martín Montenovo, Mariano Nicosia y Ariel Tedesco decidieron qué pena le correspondía a Miguel Angel Asencio por el femicidio de Daniela Velasco. Ya el último miércoles lo habían declarado responsable del hecho.

Para este tipo de delito el Código Penal prevé una pena que es fija: prisión perpetua. No se puede meritar atenuantes, ni agravantes, por lo cual la fiscal Verona Dagotto solicitó se le impusiera a Asencio la pena de prisión perpetua.

Asimismo, se adelantó al planteo que puede realizar la defensa sobre el límite de 35 años para acceder a la libertad condicional, así como al artículo 14 que restringe esta libertad a los condenados por homicidios agravados, y también al artículo 56 bis de la Ley de Ejecución penal que no permite el acceso al período de prueba para los autores de este tipo de delitos de femicidio.

“Esta cuestión deberá resolverse en la parte de ejecución de la pena”, agregó la fiscal. Recién entonces se podrá dar un dictamen y ver si se accede o no al período de prueba.

Por su parte el abogado defensor, Gustavo Oyarzún, planteó bajo qué condiciones se va a cumplir esta prisión perpetua y cómo se va a producir la resocialización del condenado y su reingreso al medio libre. Se debe tener previsibilidad en la ejecución de la pena, agregó el defensor.

Este proceso de ejecución de pena debe tener como fin la resocialización de su defendido y su reingreso al medio libre, requiriendo se declare inconstitucional el artículo 14 del Código Penal, ya que su actual redacción impide que Asencio acceda a su libertad condicional; como también el artículo 56 bis de la Ley de Ejecución Penal que no permite el acceso al período de prueba. En igual sentido requirió que se declare inaplicable el artículo 13 del Código Penal, que establece el límite de los 35 años para acceder a la libertad condicional.

La prisión perpetua se decidió por unanimidad y la revisión del cumplimiento de la pena se podrá realizar una vez que Asencio haya cumplido 25 años tras las rejas, según el Estatuto de Roma.

Fuente:

Notas Relacionadas

Las Más Leídas del Patagónico