“El que lleva azúcar o harina no cobra al mes”. La frase de Álvaro Risoglio expone una regla que, según aseguró, él mismo impuso en Voltra y que alcanza a los trabajadores de su empresa. Se trata de una medida ilegal en Argentina: un empleador no puede retener el salario de un trabajador como castigo por incumplir una regla interna sobre su alimentación.
Risoglio fue consultado sobre la prohibición de llevar carbohidratos y azúcares a la empresa y respondió sin rodeos: “Así es, el que lleva azúcar o harina no cobra al mes”. Luego sostuvo que se trata de “una regla general” y aseguró que los empleados “la respetan muy bien”.
La disposición que describió implica una sanción económica directamente sobre el salario. El sueldo constituye la contraprestación por el trabajo realizado y no puede quedar sujeto a una condición de este tipo, por más que la empresa e
stablezca reglas internas sobre la conducta de sus empleados.
Risoglio justificó la medida a partir de su propia concepción sobre la alimentación y el rendimiento laboral. Afirmó que una de las personas que trabaja con él bajó 35 kilos desde que ingresó a Voltra y señaló que “era obeso cuando entró”.
“Parece una tortura”, reconoció el propio empresario, aunque inmediatamente sostuvo que sus empleados “se lo toman bien” y que la regla funciona como incentivo para que abandonen lo que considera una mala alimentación.
La comparación que utilizó para explicar su decisión fue con un automóvil. “Es también un incentivo para que ellos dejen de alimentarse mal y también trabajen mejor, porque al fin y al cabo es el combustible que le pones al mes”, planteó. Y agregó: “Si le pones a tu auto un combustible que funciona muy bien, va a rendir mejor”.
Finalmente, insistió en vincular alimentación y productividad: “Mientras mejor se alimenten, más van a rendir”.