El Superior Tribunal confirmó la absolución de Exequiel Arrúa

El Ministerio Público Fiscal había presentado ante el Superior Tribunal de Justicia un recurso para oponerse a la absolución dictada por la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia. Ese tribunal absolvió a Exequiel Arrúa después de haber resultado condenado en primera instancia a 8 años de prisión por el homicidio de Paulo Olima. Estuvo privado de su libertad durante 15 meses.

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, solicitado por el Ministerio Público Fiscal, después de que la Cámara Penal de Apelaciones dictara la absolución de Exequiel Arrúa, quien había sido condenado por un tribunal de primera instancia a ocho años de prisión por el homicidio de Paulo Olima.

Exequiel Alberto Arrúa fue acusado por los fiscales de Comodoro Rivadavia como el presunto autor del homicidio de Diego Olima, ocurrido el 11 de diciembre de 2016 en el barrio Laprida.

Arrúa fue condenado a 8 años de prisión en primera instancia, pero la Cámara Penal de Apelaciones lo absolvió al revisar el fallo. Ahora el Superior Tribunal desestimó una queja presentada por el Ministerio Público Fiscal, mediante la cual ese organismo intentó llegar a la Corte Suprema de la Nación.

Al analizar la presentación, los jueces del Superior Tribunal se preguntaron si el reclamo en cuestión tenía aptitud para superar el examen a cargo del Tribunal, sin perjuicio del que corresponde a la Corte y en este sentido explicaron: “entre otros requisitos, el éxito de la instancia depende de que ella haga una crítica prolija de la resolución recurrida, pues el apelante debe rebatir todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal para arribar a las conclusiones que lo agravian. Entonces, si no se demuestra que la decisión impugnada confirmó una sentencia producida dentro de un proceso ilegítimo, o que las pruebas fueron valoradas con, arbitrariedad o padece un defecto en las normas sustantivas aplicadas, no se exhiben las razones que justifican la intervención de la Corte Suprema”.

El máximo Tribunal consideró que “la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia ordinaria, ni corregir fallos equivocados o resultados tales, sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional, en que deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impiden considerar el pronunciamiento de los jueces ordinarios como la sentencia fundada en ley”.

Esos fueron algunos de los argumentos esgrimidos para la denegación del recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que fue firmada por los ministros Miguel Donnet y Alejandro Panizzi.

“Siempre dije que

era inocente”

Exequiel “El Polaco” Arrúa llegó junto a su madre y su hermana en 2015 desde Misiones con el objetivo de trabajar en Comodoro Rivadavia. Pero en 2016 la junta lo llevó a estar en el lugar y el momento equivocado, como le contó a El Patagónico en marzo último al quedar absuelto.

Reconoció que participó de esa pelea en la plaza de Laprida en la que perdió la vida Olima, pero “siempre dije que era inocente” recordó.

En diciembre de 2016 Arrúa había sido detenido y acusado del homicidio. Pero ese día en la pelea también habían intervenido otras personas, entre ellas un joven al que un testigo señaló como el autor de las heridas que a Olima le provocaron la muerte. Un testigo del que se desistió en el juicio.

“Tarde o temprano la verdad iba a salir a la luz. Yo doy gracias a Dios que estoy libre”, señaló Arrúa a El Patagónico.

“Yo siempre confié en él, siempre confié en que era inocente. Tenía mis miedos de que los inocentes a veces pagan por otras personas, pero tenía que salir todo a la luz, toda la verdad. Mi corazón de madre me decía que él era inocente e ir a verlo a la comisaría era lo más doloroso, no se lo deseo a nadie. Verlo detrás de las rejas era muy doloroso”, contó su madre a este diario.

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