Le rechazan salidas transitorias a condenado por abuso sexual agravado

El juez Alejandro Rosales resolvió no hacer lugar al pedido. El hombre fue condenado en el año 2017 por incurrir en diversos tipos de abusos sexuales durante 8 años.

El juez Alejandro Rosales resolvió no hacer lugar al pedido de incorporación al régimen de salidas transitorias, solicitado por el representante del Ministerio de la Defensa Pública, en favor del interno que se encuentra cumpliendo una condena de ocho años de prisión por el delito de abuso sexual agravado.

En este marco, Rosales fundamentó su decisión ante la no concurrencia del requisito previsto en el artículo 17 IV de la Ley 24.660.

Asimismo, el magistrado autorizó el pedido del interno respecto de iniciar un tratamiento psicológico. En consecuencia, propuso que a través de la Defensa Pública se requieran los turnos correspondientes en el Hospital de Esquel.

En tanto, se debe recordar que el último miércoles, el abogado de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzun, solicitó la autorización de salidas transitorias para un condenado por el delito de abuso sexual agravado. Por su parte, la Procuradora de Fiscalía Marisol Sandoval, había expresado su oposición a la petición.

EL CASO

En el año 2017, mediante la aplicación del procedimiento de juicio abreviado, se declaró al acusado autor penalmente responsable por el delito de abuso sexual con acceso carnal de menor de 13 años, agravado por aprovechar una situación de convivencia preexistente, en calidad de autor (Artículos 119 3er. Párrafo inc. “f” y 45 del Código Penal).

La investigación penal había determinado que los hechos presentados en la acusación pública, se registraron desde mediados del año 2007 a noviembre de 2016. Asimismo, se pudo establecer que el acusado mantenía una relación de la pareja con la madre de la víctima.

En circunstancias de ausencia de adultos, en la vivienda que compartía el grupo familiar, el imputado incurrió en diversos tipos de abusos sexuales durante 8 años.

En este contexto, las partes peticionan al juez la aplicación del instituto de juicio abreviado. Así las cosas, el acusado admitió la existencia del hecho atribuido. También reconoció las conductas que se le atribuyeron.

En este marco, expresó su conformidad con la vía propuesta por la fiscalía y su abogado defensor. Por último, manifestó que estaba de acuerdo con la pena convenida de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento

Fuente:

Notas Relacionadas

Dejá tu comentario

Las Más Leídas del Patagónico