Los cinco imputados recuperaron la libertad, aunque con restricciones

En una audiencia realizada este lunes, el tribunal de revisión dispuso la libertad de los cinco imputados bajo la condición de presentaciones semanales ante la Oficina Judicial y la prohibición de salir de la ciudad sin autorización. Las defensas habían solicitado mantener los arrestos domiciliarios.

Este lunes por la mañana se llevó a cabo una nueva audiencia de revisión de prisión preventiva en el marco de la causa conocida como "Emergencia Climática I". El fiscal Cristian Olazabal solicitó que se revoquen los arrestos domiciliarios dispuestos por el tribunal de Esquel el pasado 24 de diciembre y que los imputados sean puestos en libertad, con la condición de realizar tres presentaciones semanales ante la Oficina Judicial.

Por su parte, las defensas de los imputados Abel Boyero, Javier Morales, Hernán Lobos Rosas y Cristian Pérez solicitaron mantener el arresto domiciliario, mientras que la defensa de Roberto Monasterolo pidió su libertad con una presentación semanal.

El tribunal de revisión, integrado por los jueces penales Mariano Nicosia y Martín Cosmaro, resolvió otorgar la libertad de los cinco imputados, imponiendo tres presentaciones semanales y la prohibición de salir de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly sin autorización judicial.

El fiscal justificó su solicitud argumentando que, aunque no estaba de acuerdo con la libertad de los imputados, la medida permitiría un control más eficaz en lugar del arresto domiciliario. También criticó la falta de justificación en la decisión previa del tribunal de Esquel y expresó que algunas autorizaciones irregulares se otorgaron durante el cumplimiento de la prisión domiciliaria.

En representación de los imputados, los abogados Guillermo Iglesias, Juan Bill, Alejandro Fuentes y Fabián Gabalachis defendieron la permanencia del arresto domiciliario. Alegaron que no existían cambios en las circunstancias que justificaran una nueva medida y que el arresto en el hogar no desnaturalizaba la pena.

Tras deliberar, el tribunal no hizo lugar a las solicitudes de las defensas y concluyó que ninguna medida que no sea requerida por el fiscal o la querella puede ser impuesta por los jueces. La decisión final permitió la libertad bajo las condiciones indicadas, marcando un nuevo avance en el proceso judicial del caso.

Fuente: MPF Comodoro Rivadavia

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