La sentencia publicada en la web del Poder Judicial rionegrino establece una notificación al área de Salud Mental del Hospital Zonal de Bariloche sobre el resultado de la misma, como así también las pericias y elementos probatorios obrantes en la causa, a los fines que fueran pertinentes.
El fiscal Gerardo Miranda había acusado al sujeto oriundo de Allen por dos hechos de abuso sexual simple. El primero de ellos ocurrió el 24 de octubre de 2023 en horas de la tarde, frente a una chocolatería que se ubica en calle Palacios, en pleno centro de la ciudad. En dichas circunstancias, el hombre se acercó a una mujer que estaba trabajando y le hizo gestos obscenos, para luego acercarse por sorpresa y manosearla, mientras se reía, como única respuesta a los cuestionamientos de la víctima.
También le atribuyeron otro hecho ocurrido el 27 de septiembre de 2023 en horas de la tarde, sobre la calle Juramento, a metros del Centro Cívico de la ciudad. Allí, también sorprendió a una mujer mientras caminaba, aproximándose desde atrás sorpresivamente para manosearla y continuar su marcha como si nada hubiera pasado.
Una pareja que observó sus movimientos y la reacción de la víctima y otra señora que caminaba por el lugar, asistieron a la víctima y además siguieron al acusado mientras se comunicaban vía telefónica al 911.
Fue precisamente en la plaza central de la ciudad, a metros de la comisaría Segunda, donde autoridades policiales lograron aprehenderlo.
Pero a poco de iniciado el proceso judicial se ordenó la realización de una pericia psicológica y psiquiátrica para el acusado, que estuvo a cargo de Verónica Martínez, del Cuerpo de Investigación Forense de esta ciudad.
En el informe labrado en consecuencia, se estableció que el acusado padecía un trastorno psicótico que comprometía el gobierno conductual, no obstante lo cual no representaba riesgo para sí o para terceros.
Con dicho informe agregado al legajo, la fiscalía solicitó el sobreseimiento del acusado en tanto mediaba una causal de inimputabilidad. Por supuesto que a esa postura adhirió la defensora oficial Mónica Goye.
Sin controversias que resolver, el magistrado actuante solamente tuvo que dictar el fallo que sobreseyó definitivamente al acusado, dejando expresa mención de que la sustanciación del legajo judicial no afectó el buen nombre y honor del que hubiera gozado previamente y además, apuntando que en la actualidad el sujeto se encuentra desarrollando un tratamiento integral de su salud de manera voluntaria.
Fuente: El Cordillerano