La audiencia de apertura de investigación y control de detención contra Irma Nahir Quinteros (25) se llevó a cabo ayer en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia y fue presidida por el juez penal, Mariano Nicosia.
La joven tenía pedido de detención desde el sábado, cuando la fiscal Camila Banfi se lo solicitó al magistrado de turno sobre la base de los primeros testimonios, tomados por la policía de Kilómetro 8, que la señalaba a Quinteros como la presunta autora de las lesiones recibidas por L.B. (17).
En compañía del abogado particular, Leopoldo Puricelli y de sus padres, se presentó la sospechosa ayer y durante la audiencia la acusadora pública pidió que se formalice la apertura de investigación en su contra por el delito de homicidio agravado por alevosía en grado de tentativa.
Ello, en los términos del artículo 80, inciso 2; 42 y 45 del Código Penal, el cual contempla una pena de 15 años, tal como fue calificado. No obstante debe ser probado en juicio y hay que tener en cuenta que la calificación es provisoria, por lo que podría modificarse en el transcurso de la investigación.
EL RELATO FISCAL
En su relato sobre las circunstancias del caso, la fiscal Banfi sostuvo que Quinteros se presentó el viernes a las 23:10 en el domicilio que la víctima ocupaba con su pareja en la calle Felicidad Hernández al 500, en Kilómetro 8 y allí esperó que David Tranaman –el policía pareja de la adolescente- se fuera de la vivienda para luego ingresar encapuchada. Al encontrarse con L.B. comenzó a efectuarle cortes con un cúter, provocándole lesiones en un brazo, abdomen, cuello y cabeza, tras lo cual se escapó caminando.
Sobre la base de ese relato, la fiscal efectuó la calificación legal con el agravante de la alevosía y sostuvo que la propia víctima le dijo a la mujer que la trasladó al Hospital Regional el nombre de la agresora, a lo cual se sumó el testimonio de la pareja de la víctima, quien aseguró que existieron amenazas previas de su ex pareja –con quien había mantenido una relación durante 3 años—y que esta tenía temperamento violento. Y también el testimonio de otros dos testigos ocasionales que habrían intentado detener a la agresora en su huída. Estos últimos estarían en condiciones de reconocerla, según la fiscal.
Mientras, el defensor Leopoldo Puricelli, no objetó el relato de hecho, ni la calificación jurídica escogida porque consideró que se está en los albores de la investigación. No obstante, se opuso al dictado de una medida de prisión de tres meses, como lo pidió la fiscal, y para ello ofreció un certificado médico dando cuenta que su pupila es insulinodependiente y un certificado de nacimiento del hijo de seis años que tiene la imputada.
En razón de ello, el defensor particular pidió que en lugar del arresto en la alcaidía –donde cree que no podrá recibir la asistencia médica acorde a su enfermedad—que se aplique el inciso primero del artículo 227 del Código Procesal Penal, es decir la permanencia continua en el domicilio. Para el caso, ofreció la vivienda de la madre de la imputada, confirmado con ello la existencia de una contención familiar.
Ni la fiscal, ni el juez compartieron los argumentos de la defensa y tras las réplicas que ambas partes, el tribunal unipersonal resolvió formalizar la apertura de la investigación preparatoria con la calificación escogida por la acusadora pública, otorgó tres meses de investigación y el mismo plazo de prisión preventiva, entendiendo que se dan los presupuesto de peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación.
A todo esto, en la audiencia se conoció que la víctima mostró una mejoría en su estado de salud y ayer ya se encontraba en una sala común.