El juicio por jurados por el homicidio de Gastón Exequiel Acosta tuvo su resolución en la etapa de imposición de pena. El juez penal interviniente, Jorge Odorisio, condenó a Juan Carlos Peralta a 17 años de prisión de cumplimiento efectivo, luego de evaluar los planteos de la fiscalía y la defensa en la audiencia de cesura realizada la semana pasada.
Durante esta instancia, el Ministerio Público Fiscal solicitó una pena de 20 años de prisión, al considerar las circunstancias agravantes y atenuantes del caso. En contraste, la defensa requirió la aplicación del mínimo legal previsto para el delito, fijado en 10 años y 8 meses. El magistrado resolvió una pena intermedia.
Peralta había sido previamente declarado culpable por un tribunal de jurados por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 26 de octubre de 2024, alrededor de las 18:40, en una vivienda ubicada en Antonio Garcés y Ricardo Balbín, en la zona conocida como El Cerrito, en el barrio San Cayetano. Allí, Peralta se encontraba compartiendo bebidas alcohólicas con la víctima y otra persona.
Según la investigación, tras una discusión, Acosta habría esgrimido un cuchillo. En ese contexto, Peralta efectuó al menos un disparo con un arma de fuego que impactó en la parte posterior de la cabeza, a la altura de la nuca, con salida por la mandíbula derecha. La lesión provocó la sección de la médula y la muerte inmediata de la víctima.
El hecho fue reportado por el propio Peralta, quien realizó un llamado telefónico en el que manifestó: “Yo maté a mi amigo, me defendí, él me quiso hincar y lo maté, vengan acá”.
Personal de la Seccional Sexta acudió al lugar y constató que el imputado permanecía allí. El arma utilizada no fue hallada, ya que, según indicó, otra persona se la habría llevado.
La audiencia de cesura fue presidida por el juez penal Jorge Odorisio. La acusación estuvo a cargo del fiscal general Facundo Oribones, mientras que la defensa fue ejercida por el abogado particular Esteban Mazzuca.