Qué dice la ordenanza

Con el número 10.270/ 11, es manda en Comodoro Rivadavia la creación del Ente de Control de los Servicios Públicos, cuya finalidad es el control del cumplimiento de la normativa respectiva de cada servicio público prestado por terceros, o directamente por el Poder Ejecutivo Municipal, garantizando a los usuarios una prestación de calidad, contribuyendo a la salud y bienestar de la población y al mejoramiento del ambiente, en un todo de acuerdo a las disposiciones emanadas de la Carta Orgánica Municipal, según reza el artículo N° 1 de la Ordenanza.
Mientras la incorporación futura de algún servicio a la órbita del control debe hacerse mediante ordenanza, los servicios públicos sujetos a la revisión del Ente son:
La captación, potabilización, transporte, distribución y comercialización de agua potable;
El tratamiento, disposición y transformación de líquidos cloacales y efluentes industriales y desagües pluviales.
La generación, transporte, distribución de energía eléctrica y alumbrado de la vía pública.
La recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos y barrido y limpieza de la vía pública.
El transporte público de pasajeros (Transporte Urbano de pasajeros, Taxis, Regis y transporte escolar)
Verificación Técnica Vehicular.
Residuos biopatogénicos.
Tendido de televisión e Internet por cable y transmisión de datos.

MISIONES Y FUNCIONES

Mientras, en su rol contralor, las funciones y atribuciones del organismo son, entre otras, la de verificar la correcta aplicación de las normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción y fiscalizar el cumplimiento de los Contratos de Concesión, Licencias o Permisos, informando al Poder Ejecutivo y Concejo Deliberante mediante informe técnico anual; realizar el seguimiento del Plan de Inversión, las metas de servicio y niveles de desempeño estipulados en los respectivos contratos; Asistir al Poder Ejecutivo como al Concejo Deliberante en la elaboración de políticas de planificación, gestión y regulación de los servicios; Controlar el cumplimiento de los términos contractuales y el acatamiento de las ordenanzas que se dicten en materia de fijación y/o variaciones de tarifas o cánones de los servicios sometidos a control del ENTE, analizando las estructuras de costos e ingresos, emitiendo dictamen técnico en forma previa al tratamiento de las modificaciones de precio y tarifa de los servicios.
Además, tiene como función organizar el régimen de audiencias públicas previstas en la normativa aplicable; Reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales; evaluar, determinar, intimar y aplicar las sanciones que correspondieran; Requerir informes a toda dependencia municipal y a las entidades prestadoras o concesionarios del servicio en todo aquello que sea inherente a la prestación, pudiendo realizar inspecciones y todo tipo de verificaciones, y tomar intervención y producir dictamen en toda ampliación de las instalaciones correspondientes a los servicios públicos regulados, así como en toda obra y nuevo emprendimiento que pueda comprometer la prestación de los servicios públicos.
También debe crear un sistema de información que permita evaluar en forma sistemática el desempeño de las entidades prestadoras, controlar el estado de las instalaciones de los prestadores de los servicios sujetos a control, redes de distribución en la vía pública, en el espacio aéreo y subterráneo, unidades de transporte automotor y en general todo aquello que resulte conducente en orden a asegurar la correcta prestación de cada servicio público, y reglamentar el procedimiento de Consulta de Opinión y Encuestas de Calidad de los distintos servicios públicos concesionados por la Municipalidad de Comodoro Rivadavia.

DEFENSA DE LOS USUARIOS

Entre sus deberes, orientados fundamentalmente a la defensa de usuarios, el organismo debe prevenir todo tipo de conductas que tiendan a afectar la calidad y eficiencia en la prestación del servicio público, como así también conductas anticompetitivas, monopólicas, discriminatorias o poco transparentes por parte de los concesionarios de los servicios públicos involucrados, y realizar un informe de gestión anual, el que deberá estar elaborado al 1º de diciembre de cada año y someterlo a la consideración del Concejo Deliberante y del Poder Ejecutivo Municipal.
El mismo debe formular sugerencias sobre medidas conducentes a adoptar en beneficio del interés público, la protección de los usuarios y el desarrollo de los servicios públicos sujetos a control.
También se cuenta en este sentido el promover mecanismos de participación y tutela de los usuarios de los servicios públicos sujetos a control, adecuando su estructura organizativa a los efectos de eliminar trabas burocráticas, habilitando un servicio de asesoramiento e información; realizar todo otro acto conducente y tendiente a garantizar el más pleno acceso a la información pública y a la participación de los usuarios e informar y asesorar a los usuarios y consumidores sobre sus derechos, asegurándoles la existencia de condiciones de igualdad y buena fe en la prestación de los servicios.

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