Seis meses de prisión preventiva para el sospechoso del asesinato de Levill

Carlos Llanos fue aprehendido este viernes, a la mañana, en un allanamiento por el homicidio perpetrado hace una semana. Al mediodía afrontó la audiencia de control de detención. A pedido de la Fiscalía, el juez resolvió que permanecerá en prisión preventiva hasta el 20 de agosto cuando culmine la etapa de investigación.

En los tribunales penales de Comodoro Rivadavia se desarrolló este viernes al mediodía, la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en relación al homicidio de Juan Marcos Elías Levill, perpetrado durante la tarde del viernes 13 de febrero en el barrio 30 de Octubre. La causa tiene como imputado a Carlos Enrique Llanos, quien fue detenido este viernes a la mañana en el marco de un allanamiento.

Presidió la audiencia Mariano Nicosia, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Maximiliano Morsucci, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Gustavo Oyarzun, defensor público.

Durante la audiencia, el representante de la Fiscalía solicitó que se declarara legal la detención de Llanos, que se le formalizara el delito en su contra -bajo la calificación provisoria de “homicidio agravado por alevosía”- y que se dictara su prisión preventiva. En cambio, el defensor postuló una calificación menor de “homicidio simple” y se opuso al dictado de la preventiva, solicitando su libertad. Para concluir el juez penal resolvió declarar legal la detención del imputado, formalizándole el caso bajo la calificación provisoria de homicidio agravado por alevosía y dictó su prisión preventiva, como lo solicitó el representante de la Fiscalía.

En un primer momento el funcionario fiscal Maximiliano Morsucci se refirió brevemente al caso a investigar. Relató que el 13 de febrero, alrededor de las 18, en momentos en que Juan Marcos Levill se encontraba compartiendo bebidas alcohólicas con dos personas –a la postre testigos- en el playón interior del sector 3, del barrio 30 de Octubre, apreció en el lugar Carlos Enrique Llanos, junto a otra persona.

En tales circunstancias, sin mediar palabra alguna, por sorpresa, encontrándose Levill de espaldas y alcoholizado, Llanos lo atacó con claras intenciones de darle muerte y a sabiendas del estado de indefensión de la víctima. Portando un arma blanca le asestó dos puñaladas, una en la zona intercostal izquierda y la restante debajo de la axila, a la altura del pectoral izquierdo. Luego el atacante escapó del lugar. Mientras, Levill murió en el lugar a raíz de un shock hipovolémico por herida de arma blanca en el tórax.

El acusador público solicitó que se formalice la causa bajo la calificación legal provisoria de “homicidio agravado por alevosía” en calidad de “autor” para Llanos. Seguidamente Morsucci solicitó también que se dictar la prisión preventiva del imputado, fundamentada en la gravedad del hecho, la pena en expectativa en caso de recaer condena y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.

La defensa no objetó ni la legalidad de la detención, ni el relato del hecho, pero sí cuestionó la calificación legal escogida por la Fiscalía, propiciando una calificación menor de “homicidio simple”. El defensor, cuestionó la probabilidad de autoría y requirió que no se hiciera lugar al pedido de prisión preventiva. Planteó la libertad de Llanos o bien, su libertad con presentaciones semanales ante la Oficina Judicial.

Finalmente, el juez penal resolvió declarar legal la detención del imputado, formalizándole el caso bajo la calificación provisoria de homicidio agravado por alevosía, con un plazo de seis meses de investigación y dictó la prisión preventiva de Llanos hasta el 20 de agosto, como lo solicitara el representante de la Fiscalía

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