Una familia cobrará una indemnización millonaria por la muerte de su hijo tras un mal diagnóstico

El niño se quebró una muñeca en la escuela, lo operaron en el Hospital Regional pero falleció por una dolencia cardíaca mal diagnosticada y un erróneo procedimiento médico que complicaron su cuadro. Trece años después sus padres recibirán más de 4 millones de pesos por daño moral.

Una familia de Comodoro Rivadavia cobrará una indemnización de más de 4 millones de pesos, trece años después de que su hijo mayor muriera por mala praxis en el Hospital Regional.

La Cámara de Apelaciones condenó a dos médicos, SGW, cardiólogo residente, y RP de L, jefe del Servicio de Pediatría, al Estado provincial y a la aseguradora Federación Patronal SA.

Serán resarcidos los padres de la víctima, JRV y VBS, y cuatro hermanos. Al fallo lo firmaron Rubén Hayes, María Fernanda Zanatta y Graciela Mercedes García Blanco.

Según publicó Jornada, JM tenía 12 años y era el mayor de cinco hermanos. Entró al Hospital el 17 de junio de 2004. Se había fracturado la muñeca izquierda en una caída en la escuela. Lo operaron pero surgieron dolencias cardíacas que agravaron su estado hasta su muerte, el 28 de junio.

Antes de operarlo al niño se le hizo sólo una radiografía pero no un electrocardiograma, rutina obligatoria para cualquier intervención. Los camaristas detectaron en su historia clínica textos ilegibles, firmas sin aclarar, correcciones sobrescritas y tachaduras sin salvar.

JM ya registraba arritmia cardíaca previa. Lo operaron guiándose por un viejo electrocardiograma de 2001, ya inválido. Si los médicos hubiesen trabajado bien se pudo posponer la cirugía, modificar el tratamiento o derivarlo a un sanatorio de mayor complejidad. "Los galenos generaron un riesgo injustificado en la salud de J.", dice la sentencia.

El Hospital no contaba ni con terapia intensiva infantil ni con cardiólogo infantil. "Aún así se aventuraron a operarlo (...) Existía una carencia total de infraestructura y personal". Se siguió con el procedimiento sabiendo esta carencia de recursos y "con el cabal conocimiento que no se contaría tras la cirugía con medios adecuados para atender cualquier situación".

Hubo un pedido de derivación pero tardó varios días. "Si se hubiera efectuado oportuna e inmediatamente la situación hubiera sido diferente y seguramente el niño hubiese recibido anticipadamente un tratamiento de sostén de mayor complejidad y hubiese tenido oportunidad de vivir".

Nadie respetó el protocolo de terapéutica médica que recomienda la Sociedad Argentina de Cardiología para el tratamiento de arritmias. En plena cirugía se detectaron anomalías cardíacas. Sólo el anestesiólogo sugirió una consulta urgente. El doctor W, cardiólogo de adultos, pidió estudios complementarios y medicó al niño. El panorama se complicó y pidió la derivación. Era 23 de junio, seis días después de su internación.

La comunicación a Rawson fue recién al día siguiente. El caso pasó de sugerencia a "derivación urgente" en sólo 24 horas. Pero no hallaron camas. El niño falleció tras dos paros cardiorrespiratorios y la colocación de un marcapasos.

Los padres no habían sido informados de los riesgos. Tampoco se agotaron todas las opciones para derivarlo a tiempo, aún a un instituto privado.

Si el Hospital no tenía especialistas ni terapia, el nene debió ser trasladado urgente tras su diagnóstico de arritmia y se debió practicar un electrocardiograma completo para luego medicarlo. Pero recién después de una semana de internación los médicos reaccionaron.

"Hubo en las contestaciones de los demandados un intento por sostener el argumento de que fueron varios los pedidos de derivación. No interesa si fueron varios, interesa cuándo se hicieron. El argumento resulta absolutamente estéril", dijeron los jueces.

"Cada día que pasó fue determinante. Sin embargo, se desperdició una semana entera antes de decidir lo que debiera haberse decidido apenas advertida la patología. La demora fue fatal", explicó la Cámara.

Ninguno de los responsables advirtió la urgencia, en especial el cardiólogo.

"La negligencia fue manifiesta, a punto tal que se cobró la vida de un niño de doce años al que el obrar imprudente le sesgó la vida, que fue atendido deficientemente en un lugar inadecuado, sin la infraestructura necesaria, y por quien no tenía la idoneidad para hacerlo y que, con todo, no tomó la decisión urgente de derivarlo al lugar donde hubiera tenido oportunidad de recibir la vital atención que merecía".

El jefe de servicio de Pediatría, R.P. de L., debió controlar la internación. Pero se enteró de la situación una semana después de la cirugía. "Es sorprendente que no haya participado de la atención del niño, máxime en la situación en la que se encontraba". Sólo intervino cuando se puso al tanto y al noveno día actualizó el estado de J. M. y envió un fax para la derivación de urgencia al SAME.

También es responsable el Estado provincial, por su obligación de garantizar la salud de su población. "Lo mínimo que puede exigírsele a un hospital público es que cuente con los medios técnicos necesarios para atender al ciudadano. Los impuestos se pagan con esa finalidad, y ningún destino puede ser más prioritario que el de preservar la vida".

Según la sentencia, "no cabe duda de que la muerte de un hijo es el mayor dolor humano que es posible experimentar. No se puede describir con palabras el desgarrador sufrimiento, angustia y desolación que para los padres significa la pérdida del ser que un día trajeron al mundo".

"Es inimaginable procurar la explicación de un padecimiento semejante, quizás el más duro que pueda enfrentarse, porque no hay palabras que sugieran siquiera la medida de ese dolor. La muerte de un hijo nunca se supera, sólo es posible convivir con ese dolor pero la tristeza nunca se va.

"Depositarios de incontables afanes y desvelos, los hijos constituyen una proyección espiritual de los padres, el centro de los más hondos afectos y lo mejor que uno puede dejar en esta tierra. Resulta particularmente difícil imaginar que bienes que puedan mitigar el dolor producido por el absurdo y fatal desenlace, ya que compensarlo es imposible".

Un informe recomendó tratamiento psicoterapéutico para todos durante uno y dos años. Su padre tenía 34 años y la madre, 30 años. Sus hermanos tenían 13, 11, 8 y 7 años.

"Es una familia humilde, numerosa, que debió sortear las idas y vueltas de un proceso incoado hace más de diez años. Peregrinó el grupo familiar un arduo camino en busca de una resolución a su reclamo". Una pericia psicológica reveló que la carga de angustia sigue. Y que aún lloran al contar lo sucedido.

ONCE AÑOS

El juez Hayes admitió: "en el medio de tamaña parafernalia, como integrante del Poder Judicial y juez, no puedo sino hacer una referencia a la siempre procurada tutela judicial efectiva. Se trata de un niño que falleció en junio de 2004. En 2006 se impetró la demanda y once años después, la familia de J. aún no ha recibido una respuesta definitiva a su justo reclamo. Once años... y esto aún no ha terminado".


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