Agravaron la imputación contra los primeros tres detenidos por el asesinato del hombre linchado

La Fiscalía modificó ayer la imputación de los primeros tres detenidos por el homicidio de José Oviedo, el hombre que el 25 de marzo fue linchado por habitantes de la Fracción 14 que erróneamente acusaban a su hijo de haber violado a un nene de 12 años. La parte acusadora calificó la imputación como doblemente agravada por premeditación y alevosía. Ya había pedido esa calificación legal para las cinco personas que fueron detenidas esta semana y que resultaron imputados en la tarde del jueves.

La audiencia de ampliación de objeto procesal fue solicitada por la fiscal general, Camila Banfi y se llevó a cabo ayer en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia. El acto estuvo presidido por la jueza natural de la causa Mariel Suárez y fue la defensora pública, María Cristina Sadino quien asistió a los imputados, Silvina Raquel Vera y Jonathan Ezequiel Barrera. El menor de edad G.M.M., quien se encuentra alojado en el Centro de Orientación Socioeducativo (COSE) participó mediante videoconferencia desde Puerto Madryn, y contó con la asistencia de la asesora de Menores, Andrea Mc Garva.

En ese contexto la fiscal sostuvo que el lines 25 de marzo, alrededor de las 18:45, G. M. M. (17), Diego Damián Metraillet, F. L. M. (14), Jonathan Barrera, Franco Facundo Bustos, K. S. (15), Marina Alejandra Hernández, Silvina Vera, Cesar Hueica y Pablo Andrés Arismendi, junto a dos hombres cuya identidad no se estableció hasta el momento, se convocaron de manera organizada -portando palos, hierros y piedras, y acompañados de otras personas- en el exterior del domicilio de José Jorge Oviedo Cuyul, quien se encontraba en el interior. Tras obligarlo a salir de su domicilio y de una salvaje persecución, le dieron muerte a golpes.

El caso fue recalificado como homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento, en calidad de coautores para los imputados mayores de edad y para el adolescente de 17 años. Sin embargo, en el caso de Arismendi y Vera, la calificación es en carácter de participes secundarios. De manera subsidiaria se calificó como homicidio simple en carácter de coautores y de participes secundarios para Arismendi y Vera.

NO ESTA CLARA LA CONDUCTA

A tu turno la defensora pública volvió a cuestionar el planteo de la Fiscalía y sostuvo que en el relato del hecho no se establece de forma clara y detallada la conducta realizada por cada uno de los imputados y requirió que para la próxima audiencia se brinde precisión sobre la actividad que realizaron cada uno de sus asistidos.

Sadino también cuestionó la calificación legal escogida por la fiscal y sostuvo: “no se da este concurso de voluntades previas; ni tampoco el ensañamiento”. En ese marco dijo que corresponde calificarlo como “homicidio en agresión y no la de homicidio doblemente agravado”.

En otro tramo de su exposición solicitó permisos laborales para Vera, quien cumple arresto domiciliario, pero la fiscal se opuso porque el trabajo de la imputada se encuentra en el Centro de Asistencia Primaria de la SAlud de mismo barrio, por lo que cree que podría influir en los testigos. De todas maneras adelantó Banfi que si Vera aporta otro domicilio laboral no se opondría a ese beneficio.

Tras escuchar a las partes la jueza hizo lugar al cambio de calificación legal y rechazó momentáneamente las salidas laborales de Vera hasta tanto no se modifique su lugar de empleo. Esto para no entorpecer la investigación.

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