Condenaron al médico de Sarmiento y no irá a prisión

La Justicia de Sarmiento dio este viernes el veredicto contra el médico Manuel Flores Delgado, acusado por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de una paciente. Recibió dos años y seis meses de prisión condicional. El juez Gustavo Castro emitió el fallo condenatorio en el marco del juicio oral y público contra el médico cirujano

Durante el juicio, las fiscales Andrea Vázquez y Rita Barrionuevo acusaron al médico como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, pero el jurado popular que intervino en las audiencias de debate dictó el veredicto de culpabilidad por abuso sexual simple, que tiene una pena excarcelable.

El magistrado además resolvió no hacer lugar al pedido de suspensión de juicio a prueba solicitado por la defensora pública María Cristina Sadino. En consecuencia, el juez condenó a Flores Delgado a 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional, por el abuso sexual ocurrido el 13 de octubre de 2021.

La resolución judicial dispone que, durante el período de cumplimiento de la pena, el condenado debe fijar domicilio y presentarse cada 6 meses ante la Oficina de Supervisión de la Jurisdicción. Asimismo, le impusieron la realización de un tratamiento psicológico, previo dictamen del Cuerpo Médico Forense que determine su necesidad y eficacia.

Por otra parte, se dictó una orden de prohibición de todo acercamiento y contacto por cualquier medio con la víctima. Finalmente, Flores Delgado debe realizar un Taller de Visibilizarían y Reflexión sobre Violencia de Género, dependiente de la Oficina de la Mujer y Violencia de Género del Poder Judicial de la Provincia del Chubut

Hay que recordar que la semana pasada durante la audiencia de debate de la pena, la Fiscalía pidió la imposición de una pena de 3 años de ejecución condicional e inhabilitación perpetua para el ejercicio de la profesión, entre una serie de medidas.

Argumentaron sobre la relación asimétrica de poder, de la condición de género, de la calidad de médico del autor que se valió de su profesión para realizar la conducta de abuso sexual. Se refirió a la particular vulnerabilidad de la víctima por encontrarse dolorida y habérsele diagnosticado que tenía un quiste.

Las fiscales habían expuesto el daño psicológico causado, la autodeterminación del imputado por ser una persona instruida, padre de familia, mayor de edad. Finalmente, habían pedido que se imponga la pena de inhabilitación perpetua para ejercer la medicina porque cometió el hecho en el ejercicio de su profesión.

Por su parte, la defensora pidió al juez que la pena que aplique no sea superior a 10 meses de prisión de ejecución condicional.

Con respecto al pedido de la inhabilitación perpetua para ejercer la profesión, el juez consideró que le asiste razón a la Defensa Pública en cuanto a que esa sanción debió formar parte de la pieza de acusación pública y no hizo lugar al pedido fiscal.

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