Km 8: declaran "no culpables" a tres acusados por robo y privación ilegítima de la libertad

Un tribunal popular absolvió a Néstor Leonori, Leonardo Martearena y Martín Ojeda de los delitos más graves que les imputaba la Fiscalía, aunque los encontró responsables por lesiones leves.

El pasado viernes por la tarde, un tribunal popular dio a conocer su veredicto tras la finalización del debate oral y resolvió declarar “no culpables” a Néstor Leonori, Leonardo Martearena y Martín Ojeda por los delitos de robo agravado y privación ilegítima de la libertad.

No obstante, el jurado encontró a los tres imputados penalmente responsables de un delito menor, en este caso lesiones leves. La audiencia de cesura de pena quedó fijada para el próximo lunes 1° de junio.

Durante su alegato de cierre, la fiscal general Andrea Rubio solicitó que los acusados fueran condenados por “privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia e intimidación, en concurso real con amenazas agravadas por el uso de arma y robo doblemente agravado por ser cometido en poblado y en banda, con utilización de arma”, atribuyéndoles participación en calidad de coautores.

La representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) sostuvo que los hechos habían quedado acreditados a partir de los testimonios y la prueba documental exhibida a lo largo del juicio.

Por su parte, la defensa, encabezada por el abogado particular Guillermo Iglesias, argumentó que la Fiscalía no logró probar su teoría del caso durante el debate y aseguró que el episodio correspondía a “un conflicto vecinal entre personas conocidas”. Además, destacó que los imputados no poseen antecedentes penales y que permanecieron ocho meses en prisión preventiva durante la investigación.

El debate fue presidido por la jueza técnica Raquel Tassello. También participaron el funcionario de fiscalía Maximiliano Morsucci y la psicóloga del MPF, Claudia Pis. En representación de los menores víctimas intervino la asesora de familia Noelia Guitian.

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