El 1 de septiembre se conocerá la resolución contra Pablo Barrientos

Esta mañana se llevó a cabo el juicio abreviado por el homicidio del cabo Nelson Godoy y robo a la estación de servicio el día del crimen. Se requirió para Pablo Barrientos una pena de 4 años y 9 meses.

En la sede de los tribunales penales se realizó esta mañana el juicio abreviado por el robo a la estación de servicio ocurrido el 20 de julio de 2012, hecho en el que se cometió el homicidio del cabo Nelson Godoy.

El imputado en la causa es Pablo Barrientos quien fue capturado el 9 de junio pasado en Kilómetro 11. En diciembre de 2014 la Cámara Penal local revocó el fallo condenatorio de primera instancia y absolvió a Bruno Díaz por el delito de "homicidio calificado".

El fiscal solicitó se homologue el juicio abreviado al que han arribado las partes en base al delito de "robo agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de partícipe necesario" para Barrientos y requirió la pena de cuatro años y nueve meses de prisión. Considerando como atenuantes la falta de antecedentes penales de Barrientos.

También que su "participación fue secundaria ya que no tuvo dominio del hecho y su aporte no fue esencial", por lo que el tribunal resolverá el próximo 1 de septiembre si homologa o no el juicio abreviado.

El tribunal fue presidido por Gladys Olavarría e integrado por Jorge Odorisio y Guillermo Iglesias, jueces penales y subrogante; por el Ministerio Público Fiscal asistió Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa de Barrientos fue ejercida por Alejandro Fuentes, abogado particular del mismo.

Barrientos aceptó la pena propuesta por el Fiscal General de 4 años y 9 meses de prisión, la que se meritúa como adecuada en su monto por las partes atendiendo a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrió el hecho, en particular a la gravedad y extensión del daño causado y del peligro creado.

Y teniendo en cuenta como atenuante la falta de antecedentes penales conforme surge del informe del Registro Nacional de Reincidencia, y demás pautas mensurativas del Código Penal.

ANTECEDENTES

En noviembre de 2014 la Cámara en lo Penal revocó el fallo condenatorio de primera instancia y absolvió a Bruno Díaz por el delito de homicidio criminis causae. Asimismo declaró inadmisible la impugnación extraordinaria interpuesta por la fiscalía. Luego en marzo la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia desestimó el recurso de queja presentado por el Ministerio Público Fiscal.

En el presente acuerdo el imputado Pablo Armando Barrientos, alias "Bizcocho", admitió, con todas las circunstancias de modo, tiempo y lugar más adelante relatadas, la autoría y responsabilidad penal del suceso que se le atribuye.

EL HECHO

El día 20 de julio de 2012, Bruno Daniel Alejandro Díaz y Pablo Armando Barrientos llegaron hasta la estación de servicio de calle O' Higgins y Tucumán, , a bordo de la motocicleta que dejaron estacionada, descendieron y se acercaron a la playa de expendio de combustible. Haciéndolo en primer lugar Bruno Díaz, y a unos diez metros atrás Pablo Barrientos. Díaz efectuó un disparo con un arma de fuego y se dirigió hasta donde estaba un playero al cual le apuntó con el arma exigiéndole la entrega de dinero y otras pertenencias.

Posteriormente, Díaz se dirigió a la oficina de los playeros donde había otras personas que se habían escondido y efectuó allí un nuevo disparo intimidatorio en el techo. En esos momentos Godoy, quien se encontraba fuera de servicio, descendió del automóvil con su arma reglamentaria y se dirigió hasta la oficina. Allí se apuntaron mutuamente con las armas de fuego e iniciaron un forcejeo en el que Godoy intentó reducirlo, y Díaz le disparó en la cabeza.

Pablo Barrientos permaneció de campana a un costado del playón hasta que observó que la víctima descendió del rodado, momento en el cual huyó dirigiéndose nuevamente hacia calle La Pampa, mientras que Bruno Díaz tras herir mortalmente a Godoy, corrió hasta la motocicleta, se subió Barrientos y huyen en ésta.

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