Emanuel Caruso tendrá salidas transitorias

Lo decidió un tribunal de revisión. El sujeto fue encarcelado por lesiones leves agravadas, desobediencia y amenazas en contexto de violencia familiar.

Se realizó este miércoles la audiencia de revisión que tiene como condenado a Emanuel Caruso en una causa por lesiones leves agravadas, desobediencia y amenazas en contexto de violencia de género. La defensa solicitó salidas transitorias para el sujeto, en tanto que los representantes de Fiscalía se opusieron. Los jueces accedieron y Caruso volverá a las calles, aunque con tobillera electrónica y bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento deberá volver a la cárcel.

El tribunal de revisión estuvo compuesto por los jueces penales Jorge Odorisio, Ariel Tedesco y Raquel Tassello; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cristian Olazabal y Gabriela Gómez, en tanto que la defensa de Caruso fue ejercida por Juliana Fuentes, abogada adjunta de la Defensa Pública.

En primer momento, la defensora interpuso revisión a la decisión de la jueza Mónica García, quien el pasado 28 de febrero le negó el beneficio a Caruso, quien fue condenado a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, estableciéndose como fecha de cumplimiento de pena el 7 de junio de 2024.

Además, en aquella sentencia pidió que se lo incorpore a un tratamiento psicológico y psiquiátrico. Sin embargo, solo tuvo 4 sesiones con el psicólogo y el turno con el psiquiatra se canceló.

Desde la defensa se intimó para gestionar dichos turnos y no hubo respuestas desde Políticas Penitenciarias. Ahora se produjo un Informe social sobre un domicilio en la localidad de Lago Puelo que fue positivo. También un informe de concepto de conducta bueno y desde Políticas Penitenciarias se expidieron de manera favorable, concluyendo los jueces que “están cumplidos los requisitos objetivos y subjetivos que exige la Ley de Ejecución para que Caruso acceda al régimen de salidas transitorias”.

¿HUBO O NO TRATAMIENTO PSICOLOGICO?

En contraposición los representantes de fiscalía se refirieron a que Caruso no recibió tratamiento psicológico y psiquiátrico, enunciando la gravedad de los hechos juzgados y el incumplimiento de la internalización de las normas de conducta.

Desde Ejecución penal se dispuso que una vez realizado dichos informes se le de intervención al Cuerpo Interdisciplinario Forense para evaluar estos rasgos psicopáticos que surgían del Informe elaborado por Políticas penitenciarias.

De la evaluación se indica que debe continuar con el tratamiento psicológico iniciado para poder revertir estos patrones de personalidad, rasgos de neurosis obsesiva. Se requiere contención para auto disciplinarse.

También desde Fiscalía se acercó un Informe de riesgo realizado a la víctima, donde se destacan nuevas denuncias a Caruso relacionadas con hostigamiento digital, lo cual es materia de investigación. Esto constituye un riesgo alto hacia la víctima, presencia de menores, amenazas de muerte que genera una situación de suma vulnerabilidad de la víctima y constituye un factor de riesgo altísimo.

También se considera el informe elaborado por el SAVD que da cuenta de que la víctima refirió vivenciar hostigamientos reiterados por parte de Caruso y durante el cumplimiento de la condena siguieron las denuncias por hostigamiento digital hacia la víctima. Por esa razón, la jueza García se opuso en primera instancia a las salidas transitorias que ahora concedieron los jueces Odorisio, Tedesco y Tassello.

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