El Consejo de la Magistratura de Chubut resolvió ayer, en una decisión unánime, rechazar la designación como juez Penal de Francisco Romero por considerar que el letrado omitió informar cabalmente al organismo sobre la sanción que le había aplicado el Colegio de Abogados de Comodoro Rivadavia.
Es la primera vez en la historia del Consejo de la Magistratura, tras más de 20 años de funcionamiento, que se llega a una decisión de estas características, ya que nunca antes se había negado la designación a un postulante tras pasar con éxito el concurso y obtener el acuerdo en la Legislatura de la provincia.
Según trascendió desde el valle, los 13 miembros presentes en la sesión del Consejo de la Magistratura -que reanudó en Rawson una sesión iniciada a fines de agosto en Puerto Madryn- resolvieron rechazar la designación del abogado Francisco Romero para ejercer el cargo de juez penal de Comodoro Rivadavia.
Entre los argumentos fundamentales se ponderó que el letrado no dio toda la información en torno a la sanción que se le había aplicado en el año 2013 por parte del tribunal de ética del Colegio de Abogados de Comodoro Rivadavia, que le aplicó una suspensión temporal de su matrícula por un lapso de 6 meses.
La misma había sido recurrida judicialmente por el mismo abogado y al momento de rendir el examen, a fines de junio último, respondió durante la entrevista que dicho trámite había concluido en forma favorable a su planteo cuando en realidad un mes y medio antes la Corte Suprema de Justicia de la Nación le había denegado un recurso extraordinario y la sanción volvía a tomar vigencia.
UN TEMA SECUNDARIO
"La sanción del Colegio terminó siendo un tema secundario –confió uno de los integrantes del Consejo-. Lo que evaluaron los consejeros principalmente es que el doctor Romero tuvo la oportunidad de relatar cómo estaba el expediente judicial en torno a esa sanción, pero evitó decirlo, afirmando que el tema se había resuelto a su favor cuando en realidad el litigio seguía abierto".
Asimismo, se tomó en consideración que en la declaración jurada de antecedentes tampoco se informó cabalmente cuál era el estado de aquella sanción del Colegio, originada en una cuestión formal a partir de la queja de una ex cliente del estudio de Romero.
En concreto, según se indicó desde el organismo encargado de seleccionar a los jueces, los consejeros tuvieron en cuenta que tomaron real dimensión de los hechos y de que la sanción no estaba aún resuelta a partir de la información en los medios de comunicación que abordaron el tema, lo que motivó el malestar hacia el interior del organismo y también por parte de legisladores que antes habían prestado su acuerdo.
En las consideraciones expuestas ayer por los 13 consejeros presentes se dejó en claro que no hay dudas de la capacidad técnica y el conocimiento del derecho penal por parte del postulante, sino que todo quedó remitido a la circunstancia de no haber informado cabalmente cuando se le preguntó por el expediente en su contra.
Asimismo, se hizo alusión a la jurisprudencia vigente tras la destitución de una jueza de Familia de Esquel, la que luego de haber asumido el cargo fue contrastada con la información de un expediente penal abierto con anterioridad en otra provincia y del que ella no había informado al Consejo, por lo que el caso fue análogo al que estuvo en discusión ayer en Rawson, tras 25 días de cuarto intermedio, lo que refleja también la complejidad del caso en análisis.
Paradójicamente, la sanción que ordenaba la suspensión de la matrícula no está vigente, a raíz de otro recurso judicial interpuesto por el abogado, que obtuvo recientemente una medida cautelar favorable y que dejó nuevamente sin efecto el tiempo de sanción que le restaba por cumplir.
Por otro lado, el mismo abogado podría presentarse nuevamente a concursar por el cargo de juez penal, que de hecho quedó vacante: reglamentariamente no hay un impedimento, salvo que accione judicialmente contra la decisión adoptada por el Consejo ayer.
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- 27 septiembre 2016