Con ese fin, el organismo consideró necesario establecer los lineamientos precisos para la determinación de la situación de vulnerabilidad social, según la Resolución 34/2023, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La Ley Nº 27.675 declaró de interés público y nacional la respuesta integral e intersectorial a la infección por el virus de inmunodeficiencia humana –VIH–, las hepatitis virales, otras infecciones de transmisión sexual –ITS– y la tuberculosis –TBC–.
Esa norma creó un Régimen de Jubilación Especial para esas personas y también una pensión no contributiva con alcance nacional, de carácter vitalicio, que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
Ahora, la ANSeS definió el concepto de vulnerabilidad social y aclaró que, para solicitar la pensión, hará una evaluación en base a los siguientes parámetros para otorgarla: .
- La persona solicitante y su grupo familiar, de manera conjunta, no verifiquen ingresos mensuales superiores al valor equivalente de tres Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
- La persona solicitante no verifique ingresos mensuales derivados de actividad laboral superiores al valor equivalente de un Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Se entenderá como ingresos: las remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados, las rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas, las sumas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los regímenes previsionales de las fuerzas armadas y de las fuerzas de seguridad y policiales.
- Los Programas Sociales, Programas de Capacitación y Empleo, Prestaciones por Desempleo que otorgue el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal y el Monotributo Social no se contemplarán para el cálculo de ingresos.
La Resolución dispuso además que la ANSeS requerirá a la AFIP la información necesaria para determinar si el solicitante reúne la condición de vulnerabilidad social para acceder a la prestación.
Por último, la ANSeS hará saber a la persona interesada si cumple con los requisitos para obtener la prestación, en virtud de los resultados de la evaluación efectuada, informándole, de corresponder, la circunstancia de exclusión verificada o la opción por dar de baja una prestación en curso de pago.