La Cámara de Diputados aprobó este jueves por la madrugada y giró al Senado el proyecto de ley que declara la emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2027 inclusive, con 149 votos a favor, 71 en contra y 3 abstenciones.
La sorpresa la dieron dos diputados nacionales por Chubut, que engrosaron la lista de quienes se opusieron a la emergencia que beneficiará a cientos de miles de personas con discapacidad.
Por un lado, como se esperaba, el libertario César Treffinger votó en línea con lo exigido por el presidente Javier Milei. Pero la que también apretó el botón rojo de “negativo” fue la legisladora del PRO, Ana Clara Romero.
Los diputados peronistas José Glinski y Eugenia Alianiello votaron a favor, mientras que estuvo ausente durante toda la sesión el diputado Jorge “Loma” Ávila, que integra el bloque Encuentro Federal.
Entre sus principales puntos, la media sanción de la ley prevé el financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad; el fortalecimiento de los prestadores de la Ley 24.901, asegurando en forma expeditiva y simplificada el acceso a un régimen de emergencia de regularización de deudas tributarias, condonación de intereses, multas y demás sanciones, refinanciación de planes de pago vigentes y de las deudas emergentes de planes caducos, entre otros puntos.
También, la compensación arancelaria y la actualización del valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral; el financiamiento adecuado y sostenible del funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad; la actualización de la asignación mensual estímulo de acuerdo al equivalente del porcentaje del salario mínimo, vital y móvil vigente y la apertura de nuevos ingresos al Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad (Ley 26.816).
Finalmente, disponer mecanismos institucionales de diálogo y consultas estrechas con las personas con discapacidad, a través de las organizaciones que los representan y “otras medidas que acuerde el Poder Ejecutivo Nacional con el Consejo Federal de Discapacidad”.
En una modificación al artículo 9 de la Ley 13.478, se faculta al Poder Ejecutivo “a otorgar una pensión inembargable a toda persona sin suficientes recursos propios, no amparada por un régimen de previsión, de 70 o más años de edad o con discapacidad que cuente con el Certificado Único de Discapacidad (CUD)”.
Además, se incorpora un artículo 7 bis a la Ley 24.091 que reza: “Los valores de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad serán iguales para todas las personas jurídicas obligadas por la presente ley”.