El juez penal de Sarmiento, Jorge Novarino, resolvió declarar la extinción por prescripción de una causa en la que la Fiscalía investigaba actos de presunta administración fraudulenta en perjuicio de la Municipalidad de Sarmiento, que habrían sido cometidos durante la gestión de Sebastián Balochi como intendente.
Novarino informo su resolución luego de la última audiencia vinculada a la causa judicial. En la oportunidad, el magistrado declaró la extinción de la acción por prescripción, respecto al exintendente Sebastián Balochi y al exfuncionario municipal Rubén Camarda, por los hechos calificados como incumplimiento de los deberes de funcionario público y deberes de oficio, en carácter de autor.
El mismo dictamen corresponde para el contador Daniel Miguens, la empleada municipal Estela Rúa, la exfuncionaria Graciela Núñez y el ingeniero Carlos Almeida.
También hizo lugar parcialmente al planteo de oposición a la apertura de la investigación penal preparatoria, que formuló el defensor Marcelo Catalano, a favor del empresario Pablo Diez. En este sentido, ordenó al Ministerio Público Fiscal, que readecue o precise, la calificación legal provisoria.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento se desarrolló esa audiencia de apertura y ampliación de la investigación preparatoria a juicio. El acto judicial fue presidido por el magistrado Jorge Novarino. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal Laura Castagno y la funcionaria Marisol Sandoval. También asistieron los abogados de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzún y Marcelo Catalano, como asesores legales de los imputados Balochi, Camarda, y Diez. Estuvieron ausentes Núñez y Almeida. Tampoco asistió la abogada Karina Aizpitiarte, representante legal de la empleada municipal Estela Rúa.
Una de las investigaciones estaba vinculada con la compra de palmas de alumbrado público mediante contratación directa y la otra era por la adjudicación de una obra para la construcción de una escuela de artes y oficios.
SOBRESEIMIENTOS
El abogado Catalano planteó al magistrado el pedido de prescripción de la causa. En ese sentido argumentó que el acto de apertura de investigación fue el 28 de abril 2018 mientras que los delitos habrían sido cometidos durante 2015.
De acuerdo al análisis del defensor, sus asistidos dejaron de cumplir funciones en el Gobierno municipal, desde el 10 de diciembre de 2015. De modo que cuando se formalizaron las investigaciones preparatorias de juicio, ya no desempeñaban el rol de funcionarios públicos.
Con respecto al empresario Pablo Diez, sostuvo que no se le puede imputar la comisión del delito de administración fraudulenta contra el Estado, porque es un delito que solo puede ser atribuido a funcionarios.
En este orden, destaco que Diez presentó su presupuesto, junto a otras empresas. El comerciante ganó la compulsa de precios y fue el Estado el que decidió adquirir sus productos.
Asimismo, Oyarzun explicó que la ley determina que desde el 10 de diciembre del 2017, los hechos están prescriptos. En tanto, la fiscalía requirió la apertura de investigación en mayo de 2018.
Finalmente, el juez Novarino se retiró para analizar las peticiones de las partes y ayer a la mañana informó su resolución.
Tras la decisión del juez, Castagno anticipó que en los próximos días, presentará un escrito de pedido de sobreseimiento para los imputados en otra causa en la que también se investiga administración fraudulenta. Es por la compra de una caldera para el edificio municipal. La investigadora, manifestó que no reunieron los elementos suficientes para presentar una acusación contra los procesados.