Estos escritos son una réplica a los presentados por los demandantes Petersen/Eton Park y Bainbridge el pasado 17 de julio. En su presentación, Argentina argumenta que la orden de entrega de las acciones de YPF:
Viola la inmunidad soberana: El Gobierno de Estados Unidos ha reconocido que esta orden vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de un Estado extranjero.
Contradice la Ley de Inmunidades Soberanas de EE. UU.: Las acciones de YPF se encuentran en Argentina, no fueron utilizadas para actividades comerciales en EE. UU., ni están ligadas a la actividad comercial que originó la demanda.
Afecta la cortesía internacional: La orden obliga a Argentina a incumplir su propia legislación interna.
No demuestra perjuicio para los demandantes: Argentina sostiene que no hay riesgo de "disipación" de los activos, ya que la ley argentina prohíbe la venta de las acciones sin aprobación de dos tercios del Congreso.
Causa daño irreparable a Argentina: La transferencia de las acciones implicaría la pérdida del control estatal sobre la principal empresa energética del país, un perjuicio irreversible incluso si Argentina gana la apelación.
Perjudica el interés público: La ejecución de la orden afectaría a YPF, sus accionistas y al pueblo argentino, comprometería las relaciones bilaterales con EE. UU. y podría generar represalias judiciales contra ese país en el extranjero, como ya advirtió el propio gobierno estadounidense.
La decisión de la Corte de Apelaciones de Nueva York es ahora fundamental para el futuro de las acciones de YPF.