Causa 8008: el juicio que reconstruyó el sistema represivo en Comodoro

Tras más de cuatro décadas de avances y retrocesos, el proceso judicial concluyó con condenas por delitos de lesa humanidad y estableció la existencia de un esquema organizado de represión en la ciudad, incluso previo al golpe de 1976.

La Causa N° 8008, “Torres Molina, Ramón y otros s/ privación ilegal de la libertad y tormentos”, se consolidó como la investigación judicial más profunda sobre el terrorismo de Estado en Comodoro Rivadavia y la Patagonia sur. Su recorrido comenzó en 1985 con la intervención del juez federal Adolfo Beltrán Mulhall, a partir de denuncias de presos políticos alojados en la Unidad 6 de Rawson.

Tras años de parálisis por las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y los indultos de la década del ’90 durante el gobierno de Carlos Saúl Menem, la causa se reactivó con los juicios de lesa humanidad. El impulso clave llegó desde el Ministerio Público Fiscal, con el fiscal federal Teodoro Nürnberg y el equipo integrado por Analía Ruíz, Florencia Monella y Andrea Whitty.

La acusación sostuvo una hipótesis central: en la ciudad no operó un único centro clandestino, sino un sistema represivo articulado. Ese circuito incluyó el Regimiento de Infantería 8, el Batallón Logístico IX, la Compañía de Mantenimiento 181, la delegación local de la Policía Federal, la Prefectura Naval y distintas comisarías. El núcleo fue el sector conocido como “Las Casitas”, dentro del Regimiento 8, reconocido en la sentencia como centro clandestino de detención.

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El juicio oral se desarrolló entre 2024 y 2025, con la intervención del Tribunal Oral Federal, que analizó hechos ocurridos décadas atrás a partir de testimonios, documentos y peritajes. El fallo estableció que los delitos juzgados constituyen crímenes de lesa humanidad y afirmó que el sistema represivo en Comodoro Rivadavia funcionaba incluso antes del golpe del 24 de marzo de 1976.

En total, la causa identificó a 16 imputados: Eduardo Andrés Álvarez, René Bartolomé, Roberto Francisco Blumetti, Jorge Alberto Chanfreau, Raúl Pantaleón Cruz, Carlos María Gómez Coll, Alfredo Pablo Lisseri, Rafael Augusto Manuelides, Carlos Daniel Moreno, José Mercedes Muñoz, Ítalo César Pasquini, Fernando Julio Pedernera, Mario Enrique Pérez, Eduardo Alberto Rodríguez, Carlos Alberto Seguel Páez y Francisco Olegario Sevilla.

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Sin embargo, el paso del tiempo impactó en el proceso: Chanfreau, Blumetti, Moreno, Muñoz y Seguel Páez murieron antes de ser juzgados. Finalmente, siete acusados llegaron al juicio oral: Raúl Pantaleón Cruz, Eduardo Alberto Rodríguez, Fernando Julio Pedernera (Ejército), Mario Enrique Pérez, Francisco Olegario Sevilla y Rafael Augusto Manuelides (Policía de Santa Cruz), y Alfredo Pablo Lisseri (Prefectura Naval Argentina).

Las condenas marcaron distintos niveles de responsabilidad: Cruz recibió 11 años de prisión; Pérez, 7 años con agravantes por vejámenes; Sevilla, 6 años; y Lisseri junto a Rodríguez, 3 años y 6 meses. Las penas, menores a las solicitadas por la Fiscalía, generaron cuestionamientos de víctimas y organismos de derechos humanos.

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El juicio también puso en el centro a las víctimas. Ramón Torres Molina, detenido y torturado, fue uno de los casos emblemáticos. Edita Rubilar denunció haber sido violada durante su cautiverio en el Regimiento 8, visibilizando la violencia sexual dentro del terrorismo de Estado. También declararon sobrevivientes como Alberto Marucco y Héctor “Gato” Osses, quienes relataron secuestros, torturas y su impacto en la vida sindical y laboral.

El caso de Osvaldo Stoyanoff expuso las consecuencias familiares de la represión, con testimonios de Graciela Mura de Stoyanoff y Nicolás Stoyanoff. A la vez, persisten ausencias: la desaparición de Guillermo “Pocho” Silveira —reconocido por testigos en el Regimiento 8— continúa sin resolución, mientras su hermana Mirta Silveira mantiene el reclamo por saber qué ocurrió.

El proceso también dejó en evidencia a quienes no llegaron a declarar, como Luis Porciel, César Vivar y Jorge Demitrio, fallecidos antes del juicio.

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Más allá de las condenas, la sentencia fijó un punto clave: en Comodoro Rivadavia existió un sistema organizado de represión ilegal, con roles diferenciados entre inteligencia, operativos y control territorial, y con articulación entre fuerzas militares, policiales y de seguridad.

Sin embargo, el fallo no agotó las responsabilidades. La causa avanzó sobre los ejecutores directos, pero dejó abierta la discusión sobre otros niveles de participación: sectores civiles, institucionales, empresariales y sociales que pudieron haber permitido, legitimado o encubierto el funcionamiento del sistema.

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