La ANMAT amplió el listado de medicamentos de venta libre

El organismo nacional autorizó que diez principios activos y asociaciones medicinales dejen de requerir prescripción médica para determinadas presentaciones. ¿Cuáles podrán comprarse sin receta?.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso una modificación en el régimen de comercialización de distintos medicamentos y autorizó que diez principios activos y asociaciones medicinales puedan venderse sin necesidad de receta médica en la Argentina, siempre que respeten las presentaciones, concentraciones y formas farmacéuticas establecidas por el organismo.

La decisión quedó oficializada mediante la Disposición 4714/2026, publicada en el Boletín Oficial, y comenzará a aplicarse a partir del miércoles 29 de julio. Con esta medida, varias especialidades medicinales dejarán de estar sujetas a la condición de venta bajo receta, aunque la autorización no alcanza a todas las formulaciones disponibles de esos principios activos.

Cuáles son los medicamentos que la ANMAT pasó a venta libre

Según detalló la ANMAT, la resolución comprende a los medicamentos inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que contengan determinadas concentraciones específicas. Entre ellos se encuentran la trimebutina maleato de 100 miligramos en comprimidos o cápsulas para administración oral; la levocetirizina diclorhidrato en comprimidos, cápsulas y solución oral; y la fexofenadina clorhidrato en sus distintas dosis autorizadas para uso oral.

También fueron incorporados el dimenhidrinato de 50 miligramos para el tratamiento de mareos, la combinación de nafazolina clorhidrato y feniramina maleato en solución oftálmica estéril, y la olopatadina clorhidrato en soluciones oftálmicas de las concentraciones habilitadas por el organismo.

El listado continúa con la carboximetilcisteína en jarabe o solución oral al 5%; el cloruro de aluminio hexahidratado al 20% en loción de aplicación tópica; una asociación compuesta por carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata; y la ivermectina únicamente en loción tópica al 0,5%.

En este último caso, la ANMAT realizó una aclaración específica para evitar interpretaciones erróneas. La autorización no comprende los comprimidos ni otras formulaciones de administración oral de ivermectina. La venta libre alcanza exclusivamente a la presentación tópica contemplada en la disposición oficial.

El organismo explicó que la decisión fue adoptada luego de evaluar el comportamiento de estos medicamentos durante los últimos años en el mercado argentino. Según indicó, todas estas especialidades permanecieron bajo receta durante al menos cinco años y, durante ese período, no registraron efectos adversos graves que modificaran de manera desfavorable la relación entre sus beneficios y los posibles riesgos asociados a su utilización.

Qué pasará con los envases, prospectos y medicamentos que ya están en las farmacias

La normativa también establece cómo deberá implementarse el cambio en los productos que ya se encuentran distribuidos en farmacias y aquellos que sean elaborados a partir de la entrada en vigencia de la resolución. En ese sentido, los laboratorios podrán seguir comercializando los lotes que fueron liberados antes del 29 de julio sin necesidad de modificar envases, rótulos o prospectos. En cambio, todos los lotes que se autoricen desde esa fecha deberán adecuar su presentación a la nueva condición de venta libre.

Entre los cambios obligatorios para los nuevos envases figura la incorporación de la leyenda correspondiente a la nueva modalidad de comercialización, la adecuación de las dosis y duración del tratamiento autorizadas y la inclusión de un código QR que permita acceder al prospecto actualizado del medicamento.

La ANMAT también remarcó que la autorización no implica que cualquier producto que contenga alguno de esos principios activos pueda venderse automáticamente sin receta. La medida solo alcanza a las concentraciones, vías de administración y presentaciones expresamente detalladas en la Disposición 4714/2026.

Finalmente, el organismo informó que para adoptar esta decisión se analizaron antecedentes de agencias regulatorias internacionales, incluyendo organismos de Estados Unidos, Europa, España, Francia, Brasil y Colombia, además de considerar la información proveniente de los sistemas nacionales e internacionales de farmacovigilancia, utilizados para monitorear la seguridad de los medicamentos una vez que ya se encuentran disponibles para la población.

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