El funcionamiento de drones, principalmente para la captura de imágenes y videos, ha despertado el debate sobre la posible violación de la intimidad y la privacidad de las personas.
Sobre este punto fue consultado, Nicolás Demitriou, presidente del Colegio de Abogados de Comodoro Rivadavia, quien explicó que el nuevo Código Civil y Comercial en su capítulo 3 protege los derechos y actos personalísimos de las personas, lo que podría ser utilizado en casos donde se viole la intimidad.
"El artículo 53 dice justamente que para captar o reproducir la imagen o la voz de una persona, de cualquier modo que se haga, es necesario tener su consentimiento. Establece casos de excepción como cuando hay participación en actos públicos, que exista un interés científico, cultural o educacional prioritario, y se tomen las precauciones suficientes para evitar un daño innecesario; o se trate del ejercicio regular del derecho de informar sobre acontecimientos de interés general", graficó el abogado.
"Entonces si alguna persona violenta estos derechos, la persona que ha sido perjudicada tendrá derecho a accionar por los daños y perjuicios que el tercero le haya ocasionado e incluso podría ejercer su acción ante un juez para que condene a quien ha violentado esta normativa a que lo indemnice", agregó.
Lo cierto es que lo dicho en el artículo 53 ya era avalado por la jurisprudencia, pero con el nuevo Código se incluye como un ítem especifico. De esta forma, establece en la letra de la normativa lo que los jueces ya tenían en cuenta a la hora de pronunciar un fallo. Esto podría ser utilizado en el caso de la utilización de drones cuando se viole el derecho a la intimidad y lo privado.