Un caso sin precedentes se registró en Comodoro Rivadavia la semana pasada y tuvo como protagonista a la jueza de Familia, Dra. María Marta Nieto, quien ordenó a los padres de una beba recién nacida suministrarle las vacunas correspondientes, ya que éstos se negaban por una creencia familiar.
El viernes 12 de enero, desde una clínica privada de la ciudad petrolera, se comunicaron con la asesora de Familia para indicar que había surgido un problema con dos padres que se negaban a vacunar a su beba. El hecho fue notificado al Juzgado de Familia Nº 1, e inmediatamente la jueza Nieto se hizo presente en el sanatorio para dialogar con la pareja y el médico.
Allí se constató que los padres querían vacunar a la pequeña luego de los seis meses, pues consideraban que su hija estaba sana y que la lactancia materna sería su principal defensa, y argumentando que, en su momento, el pediatra de cabecera los autorizó a no vacunarla.
La magistrada retornó a su oficina, y el sábado dictó el fallo donde decidió ordenar la vacunación en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 22.909 y considerando que era un requisito fundamental para prevenir enfermedades y emitir el certificado de nacimiento y documentos de identidad.
En el fallo, Nieto citó argumentos de fallos anteriores y de la Sociedad Argentina de Pediatría, donde señalan que está comprobado que la vacunación es necesaria y el no llevarla adelante significa un riesgo para la persona no vacunada, y al mismo tiempo, constituye un derecho y una obligación para prevenir enfermedades.
"Los intereses de los niños deben ser respetados por ser el norte de cualquier decisión judicial”, sostuvo Nieto, y recordó que la doctrina es taxativa cuando expresa: “la voluntad o deseo de los progenitores o sus sustitutos debe ceder ante lo que resulta más conveniente para el niño o el adolescente”.
La sentencia ordenó al sanatorio aplicar las vacunas BCG y anti Hepatitis B, además de la vitamina K a la menor. Según publica El Chubut los padres fueron notificados y aceptaron la medida judicial.