El tribunal de enjuiciamiento lo integraron las juezas María Tolomei, Mirta Moreno y Marcelo Nieto Di Biasse, mientras al cura lo defendieron Martín Castro y Rodrigo Miquelarena.
Héctor Coñuel fue hallado culpable de abuso sexual simple agravado por la calidad de autor aprovechando que la víctima no pudo consentir libremente la acción previsto en el artículo 119, 1er párrafo, 2do. supuesto, 5to. párrafo en relación al 4to. inciso b, todo en carácter de autor, artículo 45 del mismo código, un hecho y abuso sexual doblemente agravado aprovechando que la víctima no pudo consentir libremente la acción por la calidad de autor en atención a ser ministro de un culto reconocido y por ser cometido mediante acceso carnal, previsto en el artículo 119, 3er párrafo en relación al 4to. párrafo inciso b todo en carácter de autor, cuatro hechos. Además, todos los hechos concursan realmente entre sí de acuerdo al artículo 55 del Código Penal.
Los defensores pidieron la aplicación de la pena mínima de ocho años y el cuerpo colegiado dará a conocer la sentencia notificando a las partes en el término de cinco días, según comunicaron al finalizar la audiencia de cesura de pena que se llevó a cabo en la sala de la cámara penal ubicada en el sexto piso de los tribunales en esta ciudad.