Se realizó la primera imputación por propagación de coronavirus

La justicia de la provincia de Chaco pidió la indagatoria a dos mujeres por incumplir la cuarentena tras volver de Europa. La pena prevista es de 15 años de cárcel.

Los fiscales federales de Resistencia, provincia de Chaco, Patricio Sabadini y Federico Carniel imputaron y pidieron la indagatoria de dos mujeres que volvieron de un viaje de Europa y, al llegar, no entraron en cuarentena correspondiente para evitar la propagación del coronavirus.

La imputación es grave, por el artículo 202 del Código Penal que dice “será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”, según el dictamen al que tuvo acceso minutouno.com.

En el requerimiento, los fiscales explicaron cómo fueron sucediendo los hechos. El viernes 28 de febrero regresaron al país dos mujeres provenientes de Europa, desde España, vía Asunción. Arribaron a Resistencia, Chaco, una mujer de 71 años, y su hija, de 34.

Al día siguiente, la hija, que es una becaria de investigación de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional del Nordeste con servicio activo en el Departamento de Geografía de la Facultad de Humanidades, recibió en la casa que comparte con su pareja, un hombre de 38 años, a los hijos de él: uno de cinco y otro de cuatro.

Según una publicación que citan los fiscales, dos semanas después, el Ministerio de Salud de la Nación informó que en el país la cifra de infectados con coronavirus ascendía a 45. Siete casos correspondían a Chaco: uno de ellos murió. César Cotichelli, la segunda víctima fatal en el país, falleció el viernes 13 de marzo en el sanatorio Femechaco de la ciudad de Resistencia.

Había regresado de un viaje por Egipto, Turquía y Alemania y presentaba una insuficiencia respiratoria con patologías pulmonares previas. Los otros seis diagnósticos positivos obedecen a la misma raíz infecciosa: una travesía familiar a España y Rusia.

La madre, su hija, la pareja de su hija, el hijo menor de la pareja de su hija, una mujer de 64 años que tuvo contacto casual con uno de los casos importados y un hombre de 30 años que tuvo un vínculo estrecho con ésta última son las seis personas infectadas con coronavirus en Chaco, todos oriundos de Resistencia.

Según se toma de la publicación, los fiscales estiman que el contagio provendría de la joven de 34 años que regresó de Europa y posiblemente su madre. Una semana después de su regreso comenzó a sentir síntomas compatibles con la enfermedad y se presentó en un centro de salud. Desde entonces se encuentra en cuarentena junto a su madre, pero antes de su aislamiento había cursado una vida normal.

Según dice el dictamen, ella volvió un viernes: el sábado, en la casa de su pareja, recibieron a los dos hijos del hombre de 38 años. Coincidía con el régimen de visitas coordinado con la madre. Los hermanos se quedaron a dormir y mantuvieron un contacto estrecho con la mujer que no sabía que estaba infectada ni experimentaba la sintomatología del virus.

En la semana, cuando a ella le notificaron que había contraído el virus Covid-19, los dos nenes quedaron en aislamiento voluntario en la casa de su madre. El martes pasado le realizaron un hisopado a ambos y el miércoles enviaron los estudios en un avión sanitario para que sean analizados en el Instituto Malbrán de Buenos Aires; el viernes 13 -el mismo día en que murió en el país el segundo paciente infectado- tuvieron los resultados: al mayor le dio negativo, al menor, positivo. Es el primer niño diagnosticado con coronavirus en Sudamérica.

Las mujeres, según se desprende del dictamen, habrían violado la cuarentena asistiendo a distintos lugares.

“Las conductas aquí reveladas por ambas mujeres se insertan en el marco de una emergencia sanitaria mundial de público y general conocimiento, decretada por la Organización Mundial de la Salud, con epicentro en Asia, y focos de mayor relevancia en Italia y España, que comprometen al Continente Europeo replicándose con celeridad en distintos países del globo con características de una pandemia, a lo cual corresponde adicionar como circunstancia objetiva valorable que la madre de 71 años sería médica de profesión, lo que la coloca, como profesional de la salud, ante una situación especial de garantía y conocimiento especializado, que tornan de mayor gravedad a las infracciones incurridas de cara a la lesión del bien jurídico salud pública”.

“Las supuestas conductas ilícitas en que incurrieron las personas imputadas hallna adecuación típica en la figuras penales previstas por el artículo 202 del Código Penal, para lo cual se requiere la apertura de una instancia de investigación a los fines de establecer la concurrencia de los elementos de configuración de los tipos penales en cuestión y la participación criminal desplegada en relación a los mismos, ello sin perjuicio de que en el curso de la presente investigación se determine conculcada alguna otra norma sustantiva”, sostuvieron los fiscales.

El artículo 202 del Código Penal dispone: "Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”.

La norma penal, recuerdan los fiscales, “tiene como anclaje de protección el bien jurídico 'Salud púbica', procurándose evitar con la tipificación de estas conductas, la propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa que afecte a las personas de manera indeterminada”.

El delito requiere en su faz objetiva el despliegue de la acción de “propagar una enfermedad”, si bien existen distintas consideraciones en torno a definición de los contornos e implicancias de esta acción, entiendo que se trata de una conducta peligrosa concreta, no siendo necesario el contagio de alguna persona y sí la propagación de la enfermedad con riesgo para las personas en general.

“En tal línea de análisis para la consumación del delito es suficiente el acto de propagación, aunque no se afecte a ninguna persona, la jurisprudencia ha sostenido en este sentido que se trata de un delito de peligro, y que para la tipicidad no se requiere un cuero enfermo, sino la sola existencia de una enfermedad, un acto propagador y las condiciones de contagiosa y peligrosa para aquella”.

Los fiscales pidieron que el Ministerio de Salud de la provincia del Chaco informe “los datos de individualización y domicilio de los ciudadanos Chaqueños positivos para Coronavirus- COVID 19-, especialmente los mencionados en la nota periodística, como así informe el mapa de personas presuntamente comprometidas por el contacto con estas dos femeninas informadas que habrían

Fuente:

Notas Relacionadas

Dejá tu comentario

Las Más Leídas del Patagónico