Tarifas de gas: redefinen el sistema de actualización

La Secretaría de Energía cambió la frecuencia con la que se trasladan a los usuarios las diferencias en el precio mayorista del gas. Desde agosto, las correcciones serán bimestrales en lugar de semestrales.

El Gobierno nacional introdujo un cambio en el mecanismo de actualización de las tarifas de gas natural para los usuarios residenciales. A partir de los cuadros tarifarios de agosto de 2026, las distribuidoras deberán recalcular cada dos meses las denominadas Diferencias Diarias Acumuladas (DDA), un componente que refleja la diferencia entre el precio estimado del gas y el valor efectivamente pagado a los productores.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 167/2026 de la Secretaría de Energía y estará vigente mientras dure la emergencia energética, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027.

LO QUE CAMBIA

Hasta ahora, las DDA se actualizaban de manera estacional, es decir, dos veces por año. Ese esquema hacía que las distribuidoras acumularan durante varios meses las diferencias entre el precio previsto y el costo real del gas, trasladando luego esos montos a las facturas en un único ajuste.

Con la nueva resolución, esas diferencias se calcularán e incorporarán cada dos meses, lo que permitirá distribuir las correcciones en períodos más cortos y reducir el impacto de los aumentos concentrados.

Desde el sector energético explican que el mecanismo de las DDA no cambia, sino únicamente la frecuencia con la que esas diferencias llegan a las boletas.

QUE SON LAS DDA

Las DDA surgen porque el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), utilizado como referencia para fijar las tarifas, se establece inicialmente sobre la base de estimaciones.

Con el correr de los meses, las distribuidoras terminan abonando valores que pueden diferir de esa proyección inicial.

La Ley 24.076 y su Decreto Reglamentario 1.738/92 establecen que esas diferencias deben trasladarse a los usuarios sin generar ganancias extraordinarias ni pérdidas para las empresas distribuidoras, motivo por el cual existe este mecanismo de ajuste.

MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN

Según explicó la Secretaría de Energía, el sistema anterior generaba un "doble efecto estacional", especialmente durante el invierno.

En esa época coincidían dos factores. Uno es el mayor consumo de gas por las bajas temperaturas, y el otro es el incremento del precio mayorista del combustible.

Como las diferencias se acumulaban durante varios meses antes de trasladarse a las facturas, las boletas registraban aumentos más pronunciados cuando llegaba el momento del ajuste.

Con el nuevo esquema bimestral, esas correcciones serán más frecuentes, pero de menor magnitud. La resolución sostiene que el objetivo es otorgar mayor gradualidad y previsibilidad a los usuarios, además de garantizar que las distribuidoras cuenten con recursos suficientes para afrontar la compra del gas y asegurar el abastecimiento.

CUÁNDO SE IMPLEMENTA

La implementación estará a cargo del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que deberá adaptar los procedimientos tarifarios para poner en marcha el nuevo mecanismo.

La primera aplicación será con los cuadros tarifarios de agosto de 2026, cuando también se realizará la determinación inicial de las Diferencias Diarias Acumuladas bajo el nuevo sistema.

El cambio no implica una reducción inmediata del precio del gas ni una baja automática en las boletas. Su objetivo es que las diferencias entre el costo estimado y el costo real del suministro se distribuyan en ajustes más pequeños y frecuentes, evitando incrementos concentrados en determinadas épocas del año.

Especialistas del sector consideran que una actualización más previsible facilita tanto la planificación financiera de las empresas distribuidoras como la organización del gasto de los hogares, especialmente durante los meses de mayor consumo.

La modificación se suma a las medidas que el Gobierno viene implementando en materia energética en un contexto marcado por el debate sobre los subsidios, la cobertura de los costos reales del servicio y la capacidad de pago de los usuarios.

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