Un vecino de Cipolletti deberá costear la reparación del paredón de su vecino y abonarle una suma de dinero por daño moral, luego de que la Justicia fallara en su contra (con una sentencia de primera instancia).
Según explicaron fuentes judiciales, el damnificado inició la demanda contra su vecino al notar que su paredón estaba siendo deteriorado por exceso de agua, el cual era producido por el riego por aspersión instalado por el otro propietario.
Entre los rubros se admitió el daño emergente, que representa una suma de dinero para reparar el sector del paredón. Y también el daño moral para compensar los sentimientos de “molestia y malestar que ningún ciudadano debe soportar gratuita e injustificadamente”, surge de la resolución.
Inicialmente, los lotes de los involucrados estaban divididos por un alambrado, pero comenzaron a transitar algunos desacuerdos, por lo que el damnificado compró e instaló quince metros de paredón de hormigón premoldeado para dividir los terrenos.
Sin embargo, con el paso del tiempo, el hombre advirtió que en un sector específico de las placas divisoras habían comenzado a deteriorarse producto de la humedad. Fue así que acusó a su vecino por derramar agua en exceso.
En su defensa, el demandado alegó que poseía riego por goteo y no por aspersión, pero durante el trámite del juicio civil un arquitecto que hizo la pericia desestimó ese argumento. En tanto, también descartó la existencia de una falla en la fabricación del premoldeado o una mala calidad en el producto y adujo que el problema de humedad no se manifiesta en toda la extensión del muro sino que un sitio focalizado.
Con todo esto, se concluyó que la causa del mal estado se debe a la exposición al agua, dado que se corroboró que el sector dañado tenía un exceso de humedad proveniente del lote colindante.
Con esa pericia, se probó la hipótesis del hombre que interpuso la acción judicial. Su vecino había arrojado agua de manera constante sobre el paredón que divide ambos lotes, degradando el material por efecto de la humedad. Como consecuencia el demandado tendrá que compensar los daños.
Fuente: La Mañana de Neuquén